Fines de la Comisión de Docencia
     
 

Las funciones de la Comisión de Docencia se establecen en la Orden del Ministerio de Presidencia (BOE nº 155 de 30 de junio de 1995):

  • Organización y gestión de las actividades correspondientes a la formación para Especialistas que se lleven a cabo en el Centro, y el control del cumplimiento de los objetivos que conforman sus programas de formación.
  • Supervisión de la aplicación práctica de la formación y de su integración con la actividad asistencial, ordinaria y de urgencias, del centro.
  • Programación anual de las actividades de formación especializada del centro y el establecimiento de los planes individuales para cada Especialista en formación, de acuerdo con los programas aprobados por el Ministerio de Educación y Ciencia para cada especialidad.
  • Informe a la Gerencia o a la Dirección del centro sobre la propuesta de oferta anual de plazas de formación especializada del mismo.
  • Emisión de informe a las autoridades administrativas, cuando se aprecie la posible infracción de las disposiciones vigentes sobre formación especializada.
  • Solicitud de realización de auditorías docentes en el centro, cuando las circunstancias así lo demanden.
  • Realización de los informes que les sean solicitados por los Ministerios de Educación, de Ciencia e Innovación y de Sanidad y Política Social.
  • Elaboración y aprobación de la Memoria Anual de actividades de formación especializada desarrolladas en el centro.
  • A través de su Presidente, dirección y coordinación de las actividades de los tutores de programas, la supervisión de la aplicación práctica de los programas formativos de las diferentes especialidades, y la gestión de los recursos materiales y personales específicamente adscritos a la actividad docente del centro.